IS: Determinación de la Base Imponible previa. Ajustes extracontables

27/08/2019 abrtl.com 0 Comments

La base imponible previa del Impuesto sobre Sociedades, por norma general, es el resultado de aplicar al resultado contable del ejercicio, determinados ajustes extracontables y/o correcciones al resultado contable.

 

Existen dos tipos de ajustes: ajustes temporales o permanentes.

  • Los ajustes permanentes implican correcciones que tienen consecuencia exclusiva en el ejercicio en el que se realizan.
  • Los ajustes temporales, tienen consecuencias fiscales en ejercicios diferentes a los que se realiza dicho ajuste.

En ambos casos, los ajustes pueden ser positivos o negativos.

 

A continuación, se identifican algunos ajustes extracontables:

Ajustes Permanentes

  • Multas, sanciones y recargos (+).
  • Donativos y liberalidades (+).
  • Reducción por cesión de determinados intangibles (-).
  • Exención por transmisión de elementos patrimoniales y dividendos (-).
  • Depreciación participación en entidades vinculadas (-).

Ajustes Temporales

  • Gastos Financieros no deducibles (+).
  • Provisiones fiscalmente no deducibles (+).
  • Provisiones genéricas (+).
  • Provisiones por atrasos y vacaciones (+/-).
  • Diferencia entre amortización fiscal y contable (+/-).
  • Reversión amortización (lim 70%) (-).
  • Reversión deterioro participaciones en entidades (+).

Además de los anteriores, que son los más generales, podemos encontrarnos otros ajustes dependiendo de la actividad de la sociedad y su casuística.

Una vez incrementado o reducido el resultado contable de la cuenta de Pérdidas y Ganancias con los anteriores ajustes, habremos obtenido la Base Imponible previa del Impuesto sobre Sociedades, necesaria para determinar la cuota a ingresar.

Para cualquier consulta sobre el Impuesto sobre Sociedades, puede contactarnos en info@abrtl.com o a través del formulario de contacto.

ABR