Una vez se ha determinado la forma societaria más adecuada para nuestro negocio, es momento de realizar todos los trámites oportunos para convertirlo en una realidad. A continuación se enumeran los trámites básicos que deberá llevar a cabo toda sociedad antes de poder comenzar la actividad.
I.- ESCRITURAS vs CONTRATO PRIVADO
En caso de que vayamos a constituir una sociedad con personalidad jurídica, tendremos que realizarlo mediante escritura pública ante notario. En dicha escritura de constitución se establecerán entre otras cosas: la denominación social (previa certificación negativa que posibilite la utilización de la denominación elegida), la dotación fundacional, los estatutos sobre los que se va a regir la sociedad etc.
En caso de que hayamos decidido constituir una Sociedad Civil o una Comunidad de Bienes, deberemos llevar a cabo la elaboración de un contrato privado entre todos los socios o comuneros, donde se podrá reflejar tanto los bienes o cantidades aportadas como la forma de reparto de las ganancias y cuantas consideraciones estimen oportunas los socios.
II.- LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS
En cualquiera de los casos, tanto entidades con personalidad jurídica como entidades sin ella, se deberán liquidar los impuestos correspondientes a la constitución de la sociedad. Este trámite se realiza mediante la presentación del modelo 600, (Modelo 600 PDF), ante la Delegación de Hacienda correspondiente.
III.- MODELO 036 (INICIO DE ACTIVIDAD Y NIF)
Una vez liquidados los impuestos correspondientes, habrá que presentar un modelo 036 (Modelo 036 PDF) indicando la fecha de inicio actividad, la solicitud del Número de Identificación Fiscal (NIF) así como el sistema fiscal elegido que regirá en la sociedad (estimación directa, estimación objetiva, estimación directa simplificada etc.). El modelo 036 debe presentarse acompañado de la liquidación de impuestos indicada anteriormente, y las escrituras o contrato de constitución correspondientes.
Para más información sobre los trámites necesarios para comenzar una actividad empresarial o profesional, puede contactarnos en info@abrtl.com o llamarnos directamente (+34) 675 904 299, Llamar.
ABR