Retención e ingreso a cuenta IS 2014

21/01/2014 abrtl.com 0 Comments

El importe de retención e ingreso establecido en el artículo 140.6 a) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, determina que con carácter general el porcentaje de retención e ingreso a cuenta sea:

a) Con carácter general, el 19 por 100.

A pesar de lo anterior, los Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, establecieron un aumento de dicho porcentaje hasta el 21% tanto para la retención e ingreso a cuenta del IRPF como del IS.

Desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta del 19 por ciento a que se refiere la letra a) del apartado 6 del artículo 140 de esta Ley se eleva al 21 por 100, conforme establece la disposición adicional decimocuarta del presente texto refundido, introducida por el R.D.-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público y reiterada la modificación, con efectos desde 1 de enero de 2012, por el artículo 64 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 han prorrogado ese porcentaje del 21% respecto del IRPF para el ejercicio 2014, pero ha dejado sin mención alguna si se prorroga o no respecto del IS. Este hecho ha sido puesto en conocimiento de la Agencia Tributaria la cual prevé subsanar estas diferencias de tratamiento lo antes posible.

No obstante y hasta que no se apruebe dicho cambio normativo, el porcentaje en vigor respecto de las retenciones e ingreso a cuenta establecidas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades será el 19%.

ABR