Sentencia del Tribunal Supremo 1689/2020: Es confiscatoria la cuota de la plusvalía municipal (IIVTNU), si es superior a la ganancia patrimonial obtenida

19/01/2021 abrtl.com 0 Comments

El pasado 9 de diciembre de 2020, se ha dictado una sentencia por parte del Tribunal Supremo en la que se analizaba el carácter confiscatorio del IIVTNU, cuando la cuota resultante es superior a la ganancia patrimonial obtenida.

Esta nueva sentencia del Tribunal Supremo vuelve a incidir en el IIVTNU, tal y como lo han hecho a lo largo de estos años, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional.

En este supuesto, el contribuyente había obtenido una ganancia patrimonial cuatro veces inferior a la cuota resultante de la plusvalía municipal.

El Tribunal Supremo entiende que es contrario al ordenamiento jurídico el IIVTNU cuando absorbe la ganancia patrimonial sometida a tributación.

Resulta contraria a Derecho -por implicar un claro alcance confiscatorio- una liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que, aplicando los artículos correspondientes de la Ley de Haciendas Locales, establezca una cuota impositiva que coincida con el incremento de valor puesto de manifiesto como consecuencia de la transmisión del terreno, esto es, que absorba la totalidad de la riqueza gravable.”

En conclusión, declara el Tribunal Supremo el carácter confiscatorio del IIVTNU en el anterior supuesto, abre una posibilidad a seguir el camino del contribuyente de la presente Sentencia.

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